Fundado en 1910
Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2022, en la Administración de Hacienda de Montalbán, a 1 de junio de 2023, en Madrid (España). Desde hoy la Agencia Tributaria asiste a los ciudadanos en sus oficinas para la confección y presentación de los documentos. El plazo de presentación de declaraciones finaliza el 30 de junio y las solicitudes de cita previa, tanto para la atención telefónica como presencial, finaliza el 29 de junio. En total, la Agencia Tributaria prevé ingresar 16.448 millones de euros, un 5,6% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver caerá un 2,4%, hasta los 9.946 millones.
01 JUNIO 2023;RENTA;DECLARACIÓN RENTA;RENTA 2022;HACIENDA;IMPUESTOS;AGENCIA TRIBUTARIA;
Carlos Luján / Europa Press
01/6/2023

Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaraciónCarlos Lujan

Esto es lo que puedes desgravarte por cada hijo menor en la Renta 2024-2025

Revisar los requisitos y las condiciones específicas de cada comunidad autónoma es fundamental para aprovechar al máximo los beneficios fiscales

En la campaña de la Renta 2024-2025, las familias con hijos menores pueden beneficiarse de diversas desgravaciones que permiten reducir la cantidad a pagar o aumentar el importe a devolver. La principal figura fiscal aplicable es el mínimo por descendientes, que tiene como objetivo adaptar el impuesto a la situación familiar del contribuyente.

Este mínimo varía en función del número de hijos: se reconocen 2.400 euros por el primer hijo, 2.700 por el segundo, 4.000 por el tercero y 4.500 euros por el cuarto y siguientes. Además, si el hijo tiene menos de tres años, se añade un incremento adicional de 2.800 euros. A su vez, la reducción en la base imponible solo es aplicable si el hijo convive con el contribuyente y no ha obtenido rentas superiores a 8.000 euros anuales.

Por otro lado, las madres trabajadoras con hijos menores de tres años pueden aplicar una deducción de hasta 1.200 euros anuales por hijo, lo que equivale a 100 euros al mes. Esta medida sigue vigente para las madres que trabajan por cuenta propia o ajena, y también puede aplicarse cuando se perciben determinadas prestaciones por desempleo.

Asimismo, a esta deducción se puede sumar una cantidad adicional de hasta 1.000 euros anuales si se incurre en gastos por guardería o centros de educación infantil autorizados.

Respecto a las familias numerosas, también tienen beneficios fiscales adicionales. Aquellas de categoría general pueden deducirse 1.200 euros anuales, mientras que las de categoría especial pueden llegar a deducirse hasta 2.400 euros. En ambos casos, si el número de hijos supera el mínimo legal exigido para obtener dicha categoría, se puede aplicar una deducción adicional de 600 euros por cada hijo extra.

Las deducciones autonómicas

A todo ello, se añaden las deducciones autonómicas, que varían según la comunidad en la que resida el contribuyente. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid existen mínimos por descendientes más elevados y deducciones por contratación de empleados del hogar para el cuidado de menores de tres años, especialmente si se trata de familias numerosas.

Para aplicar todas estas deducciones es imprescindible que el hijo conviva con el contribuyente, que no haya presentado una declaración de IRPF con ingresos superiores a 1.800 euros y que no perciba rentas anuales superiores a 8.000 euros. Revisar cuidadosamente los requisitos y las condiciones específicas de cada comunidad autónoma es fundamental para aprovechar al máximo los beneficios fiscales en la declaración de la Renta.

comentarios
tracking
OSZAR »